Este 23 de nombre, la asamblea legislativa aprueba la ley de dominio eminente de inmuebles para Obras Municipales e Institucionales. Esta ley permite que luego de admitida la demanda por parte de la DOM, el juez tendrá el poder de autorizar los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar.
La asamblea legislativa, aprobó, con con 62 votos, la Ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales, enviada por la presidencia de la república.
la normativa cuenta con 12 artículos , que fueron aprobados luego de una discusión de 20 minutos el pasado lunes, así como solo la opinión del Director de la DOM, Álvaro O’Byrne, en octubre pasado.
El diputado, por el partido político nuestro tiempo, Johnny Wright Sol, menciono que: voto en contra de la Ley de Dominio Eminente por ser ilegal, inconstitucional y sumamente discrecional. “Lamento que cada día más, el modelo autoritario de Venezuela y Nicaragua, sean su camino a seguir.”Señalo.
“Esta Ley que aprobarán da respaldo legal para que la DOM quite su propiedad o su casa, lo legal sería hacerlo bajo la vía judicial. En el art. 5 ya dan por hecho que quitarán el inmueble que les parezca y a los salvadoreños solo les quedará aceptar el dinero que les dé”, manifestó la diputada por ARENA, Rosy Romero.
El artículo 1 que la Ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales establece que“los propietarios o poseedores de inmuebles, que se consideren de interés público, podrán ser privados de sus derechos de propiedad o intereses patrimoniales legítimos, previa declaración de utilidad pública o de interés social y con una justa indemnización”.
El artículo 2 se menciona que “será competente para conocer los procesos de dominio eminente de inmuebles para obras municipales, el juez de primera instancia con jurisdicción en materia civil, del domicilio del demandado o del lugar donde se encuentra situado el inmueble”.
También la ley permite que luego de admitida la demanda por parte de la DOM el juez podrá “autorizar los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar”.
El artículo 6, la ley expresa que dos peritos “valuarán detalladamente los bienes incluyendo todos los accesorios del predio y deberán pronunciarse sobre el importe de la indeminización a pagar por cada uno de los inmuebles”.
El oficialista Felipe Interiano, mencionó que “esta iniciativa de ley es una de las herramientas que necesita la DOM para realizar proyectos que mejorarán la calidad de vida de los salvadoreños en los diferentes municipios”.