Asamblea aprueban 12 años de cárcel por uso indebido de datos en call centers

La Asamblea Legislativa aprobó este jueves una reforma al artículo 11 de la Ley Especial contra Delitos Informáticos y Conexos, con la cual se endurecen las penas para quienes, teniendo acceso legítimo a sistemas informáticos o bases de datos, utilicen de forma indebida la información personal contenida en ellos. La enmienda fue avalada con 57 votos de la bancada de Nuevas Ideas y sus aliados, mientras que los partidos de oposición Arena y Vamos no apoyaron la iniciativa.
Con la reforma, se establece una pena de entre 10 y 12 años de prisión para trabajadores que, en razón de sus funciones, tengan acceso a sistemas como centros de contacto (call centers), plataformas de ventas, sistemas de gestión de relaciones con clientes, tecnologías blockchain o servicios de subcontratación, y hagan uso ilegítimo de esa información para obtener un beneficio propio o para un tercero.
El delito reformado es el de “fraude informático”, el cual antes contemplaba penas de entre 6 y 10 años de prisión. La nueva redacción del artículo detalla que también se sancionará a quienes manipulen los registros, otorguen beneficios no autorizados, eliminen u oculten interacciones, o generen información falsa a nombre del propietario de los datos.
La disposición aclara que el delito puede cometerse en perjuicio del titular de los datos, del controlador o del procesador de la información. En ese contexto, la Cámara Americana de Comercio (AmCham) había solicitado previamente que se reconociera la posibilidad de que las empresas procesadoras de datos puedan presentarse como víctimas, lo que permitiría acciones penales contra empleados infractores. Actualmente, estos casos solo permiten sanciones administrativas como el despido.