Mariano Rajoy y Pedro Sánchez quieren establecer los límites de la futura reforma constitucional antes de empezar a abordarla en la comisión correspondiente del Congreso de los Diputados. Ambos han pactado iniciar ese proceso en la nueva subcomisión, pero han tratado los asuntos que debe abordar para circunscribirlos al capítulo territorial, agrupados en varios bloques temáticos. Se trata de evitar que la reforma constitucional sea, finalmente, un proceso constituyente.
Esos bloques, que responderían al título establecido en el texto por el que se solicitaba la creación, comprenderían asuntos como la financiación autonómica o el capítulo de competencias de las comunidades, sin abordar otros ajenos como la jefatura del Estado o el sistema electoral, entre otros.
Por el PSOE preparan el temario los diputados Meritxel Batet, Patxi López y José Enrique Serrano, y pretenden que entre los citados a comparecer se incluya a Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat. Todo, no obstante, dependerá de la evolución de la situación en Cataluña y de la probable aplicación del artículo 155 de la Constitución, porque eso haría dfícil la participación de partidos nacionalistas, soberanistas e independentistas y su ausencia quitaría validez al debate sobre política territorial.
Incluso, el presidente del Gobierno y el líder socialista han constatadosu negativa a cambiar el artículo dos, el que habla, precisamente, de laimposibilidad de trocear la soberanía. Este artículo es el que impide, según la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, convocar referéndums de autodeterminación en las diferentes comunidades. El Tribunal ha sentenciado en varias ocasiones que no es posible la celebración de consultas pactadas, salvo que se cambie el artículo dos de la Constitución.
Este bloqueo por parte de PP y PSOE impediría que, por ejemplo, pueda llevarse a cabo la iniciativa de Unidos Podemos para pactarreferéndums de autodeterminación. La propuesta del partido de Pablo Iglesias se basa en el artículo 92 de la Constitución, que señala que “las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados”. Sin embargo, el Tribunal, siempre por unanimidad, ha asegurado en varias sentencias que ese referéndum solo puede celebrarse en toda España si se refiere al estatus de una comunidadporque, según el artículo dos, “la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”.