Salvadoreños residentes en el exterior se han incorporado al registro electoral desde las elecciones 2021 hasta el 24 de enero de 2022, según estadística del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Para las elecciones de febrero de 2021 totalizaban 431,445 los compatriotas que podían ejercer su derecho al sufragio. De acuerdo con el reporte, hasta finales del mes pasado había 442,484 salvadoreños residentes en el extranjero en el registro electoral.
Los datos anteriores indican que entre febrero de 2021 y enero de 2022 hubo un aumento del 2.5 % en la cantidad de salvadoreños de la diáspora que podrán ejercer su derecho al voto en las elecciones de alcaldes, diputados y presidente de la república de 2024, las cuales serán las primeras con la recién aprobada Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero.
Dicha ley, es una iniciativa del presidente de la república, Nayib Bukele, la cual fue presentada por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, y tiene como objetivo que los salvadoreños en exterior tengan los mismos derechos electorales que los salvadoreños en el territorio nacional.
La ley dictamina que la diáspora tiene derecho al sufragio activo y al sufragio pasivo, es decir derecho a votar y elegir libremente a sus representantes y a postularse o presentarse como candidato. Además, es aplicable para la elección del presidente y vicepresidente de la república, de diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen) y de la Asamblea Legislativa y para miembros de los concejos municipales.
La normativa también establece que todos los salvadoreños que viven en el extranjero pueden postularse a cargos de elección popular sin más requisitos que los ya establecidos en la Constitución de la República, el Código Electoral y la Ley de Partidos Políticos.
Además, el TSE fue nombrado como responsable de garantizar que se cumpla con la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero y encargado de desarrollar los actos pertinentes y adquirir los recursos que sean necesarios para garantizar que el voto de la diáspora sea libre, directo, igualitario, personal y secreto.