Lleida, España, prohíbe cubrirse completamente el rostro en lugares públicos
El Ayuntamiento de Lleida, en Cataluña, aprobó este viernes 25 de septiembre una nueva ordenanza de civismo que prohíbe llevar prendas o elementos que oculten completamente el rostro en espacios públicos.
La disposición establece multas de entre 400 y 750 euros por incumplir esta norma, considerada una infracción leve. Aunque el texto no menciona específicamente el burka ni el nicab, ambas prendas quedan comprendidas dentro de la prohibición al cubrir completamente el rostro, según medios españoles.
La medida contempla excepciones. No se aplicará en lugares de culto, cuando cubrirse el rostro responda a costumbres sociales aceptadas ni cuando se haga en ejercicio de un derecho fundamental.
La aprobación contó con los votos a favor de los nueve concejales del PSC-Units, los cinco de Junts y los dos de Vox. En contra votaron los representantes del PP, ERC y Comú de Lleida.

Antecedente judicial
Lleida ya había aprobado en 2010 una medida relacionada con el uso del velo integral en espacios municipales. Sin embargo, el Tribunal Supremo español anuló esa normativa en 2013 al considerar que una ordenanza municipal no podía limitar un derecho fundamental como la libertad religiosa sin respaldo legal suficiente.
La nueva normativa fue redactada de manera general y no hace referencia a prendas religiosas específicas. El Ayuntamiento plantea la regulación dentro de la ordenanza de civismo y convivencia, en lugar de establecer una prohibición dirigida expresamente al burka o al nicab.
El debate sobre esta materia también continúa a nivel nacional. En junio de 2026, el Congreso de los Diputados publicó una proposición de ley relacionada con la regulación del uso de prendas que cubren el rostro en espacios públicos, aunque se trata de una iniciativa distinta de la ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Lleida.




