Entra en vigencia la Ley de Energía Nuclear en El Salvador
Este domingo 28 de junio comenzó a regir la Ley de Energía Nuclear en El Salvador, normativa que faculta a la Dirección de Regulación de Energía Nuclear, dependencia de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM), para autorizar y supervisar actividades relacionadas con instalaciones nucleares y materiales radiactivos destinados a usos pacíficos.
La legislación establece que las personas naturales o jurídicas deberán obtener autorización para la selección de sitios, el diseño, la construcción y la operación de instalaciones nucleares. También será necesaria para el transporte, la disposición de residuos y la importación o exportación de materiales y sustancias radiactivas.
La entrada en vigor de la normativa fue aplazada por ocho meses mediante un decreto legislativo. La ley original contemplaba que comenzara a aplicarse un mes después de su aprobación, en octubre de 2025.
Con la vigencia de la ley también entran en efecto las disposiciones sancionatorias. La normativa contempla multas que van desde los $10,000 hasta el 10 % del costo final de una instalación nuclear, además de la revocación de licencias. Asimismo, establece responsabilidad civil por daños ambientales o humanos por un monto mínimo de $150 millones, con un complemento estatal de hasta $300 millones.
La legislación también crea un Comité de Emergencia Nuclear integrado por representantes de los ministerios de Medio Ambiente, Gobernación, Defensa Nacional, Relaciones Exteriores y Salud, además de Bomberos, la Autoridad Salvadoreña del Agua, la Policía Nacional Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil y la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas.
Como parte del programa de energía nuclear, el director de Energía, Daniel Álvarez, ha señalado que el objetivo es contar con un primer reactor nuclear para investigación dentro de siete años. Además, indicó que el Estado no está destinando recursos económicos al proyecto.






