Para Zayda Reyes el caso de Manuela está siendo revisado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de llegar a tener un pronunciamiento a favor de la familia de Manuela, esto podría sentar un precedente para cambiar las normativas en El Salvador que cuenta con una de las leyes antiaborto más estrictas del mundo y en el que la interrupción del embarazo está prohibida en todas sus formas y castigada con prisión.
Según la parlamentaria el informe de la policial sugiere que, Manuela se provocó el aborto debido a que el bebé era el resultado de una infidelidad matrimonial, y al no querer que su marido no se diera cuenta del asunto, ella decidió solucionar por la vía del aborto. Medicamente puede demostrarse que la muerte de Manuela no fue el resultado directo del aborto, sino de un cáncer agresivo, las autoridades afirman que ella recibió el tratamiento medico en los hospitales del país.
La perspectiva del aborto puede observarse desde dos puntos de vista, por un lado “la defensa de la vida del no nacido” y por el otro, “la defensa de los derechos de la mujer sobre su cuerpo”, evidentemente, y por razones obvias, el no nacido lleva la desventaja ya que no tiene la capacidad de expresar su opinión sobre el tema ni de exigir sus derechos.
Aquí la víctima es el niño, no Manuela
Julia Regina de Cardena – FUNDACIÓN SÍ A LA VIDA
Las organizaciones a favor del aborto culpan al sistema de no permitir realizar el aborto de forma segura y legal, y por otra parte, las organizaciones pro vida han asegurado que esta demanda ha sido promovida por entidades pro aborto y que, de hecho, Manuela se provocó un aborto de manera voluntaria.
Manuela fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado, ya que la Constitución reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, así mismo, reconoce como persona humana a todo ser humano DESDE EL INSTANTE DE LA CONCEPCIÓN, resultando la condena con agravante por la indefensión de la víctima.
La pregunta a responder entonces es, ¿los derechos de quién prevalecen, de la mujer o la del bebé que no nacido?, La respuesta ha sido ampliamente discutida por años, y muchos países se han inclinado por la despenalización del aborto, pero despenalizar el aborto no cambia el hecho de que es quitarle la vida a una persona inocente que tiene todo el derecho a vivir.
Las organizaciones feministas se inclinan a que debe prevalecer el derecho de la mujer sobre su cuerpo, y afirman que las mujeres tienen el derecho de decidir si quieren tener o no al bebé ya que es su cuerpo, y la discusión toma aún más fuerza cuando aparecen aquellos casos de embarazo por violación de niñas. Sin embargo, pretender quitarle la vida a un bebé que se encuentra en el vientre sigue siendo asesinato desde cualquier punto de vista, y el bien jurídico de la vida debe prevalecer como el máximo valor y derecho de la especie humana.
Reyes asegura que bajo el punto de vista jurídico, legalizar el aborto es legalizar la pena de muerte contra el inocente y dejar con vida al culpable, ya que estamos dándole muerte a un bebé que no puede defenderse, y en este caso, diría que comencemos por analizar si mejor se impone primero la pena de muerte por la violación de menores o incrementar la condena a 30 años de prisión.
Mientras tanto, la pregunta aún queda sin responderse, ¿Los derechos de quién prevalecen? ¿El derecho a la vida del bebé o el derecho de la mujer sobre su cuerpo? “En lo personal, me inclino a favor de la vida, porque quitarle la vida al inocente no creo que vaya a solucionar el problema, y el resultado de esto será un genocidio legalizado”, aseguró Reyes.