Asamblea Legislativa aprueba Ley de Amnistía Fiscal
Diputados de la Asamblea Legislativa, en la plenaria número 18, aprobaron el martes 3 de septiembre, con 56 votos la Ley Especial y Transitoria que ofrece amnistía fiscal, permitiendo el pago voluntario de impuestos atrasados sin multas ni intereses.
La ley, respaldada por la Comisión de Hacienda, otorga un plazo de 90 días para regularizar deudas con la Dirección General de Impuestos Internos, Aduanas y otros organismos.
Marvin Sorto, director general de Impuestos Internos, destacó que los contribuyentes podrán corregir errores en sus declaraciones sin enfrentar sanciones adicionales. Asimismo, la ley también abarca multas relacionadas con el transporte y deudas de impuesto sobre la Renta, buscando facilitar el cumplimiento tributario.
¿Quiénes pueden aplicar a la amnistía fiscal?
- Podrán acogerse a esta amnistía los contribuyentes con procesos pendientes ante las Direcciones Generales de Impuestos Internos y Aduanas, en sede jurisdiccional contenciosa administrativa, amparo constitucional, Fiscalía General de la República, y Tribunal de Apelaciones de Impuestos Internos y Aduanas. También aplica para quienes tengan deudas en la Ley de Transporte Terrestre y otros casos específicos de incumplimiento tributario.
- Entre los contribuyentes elegibles se incluyen:
- Aquellos que han presentado declaraciones a cero, con saldos incorrectos, o que no han presentado sus declaraciones correspondientes.
- Contribuyentes que retuvieron tributos como el Impuesto sobre la Renta sin transferirlos a Hacienda, lo cual genera una multa del 100%, que será exonerada bajo esta ley.
- Ciudadanos con multas de tránsito y deudas en la Ley de Transporte Terrestre, aunque solo se exonerarán los recargos, no el monto principal de las multas.