Aprueban nueva prórroga para pagar deudas tributarias, aduaneras y multas de tránsito sin intereses
La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó con 60 votos a favor, una nueva prórroga de 60 días para que los contribuyentes puedan cancelar sus deudas tributarias, aduaneras y multas de tránsito sin intereses ni recargos.
La medida fue aprobada por unanimidad durante la sesión plenaria número 79 y forma parte de la aplicación, por tercera vez consecutiva, de la Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas, aprobada originalmente en 2023.
Según la normativa, el plazo comenzará a contar a partir de su entrada en vigencia, una vez publicada en el Diario Oficial.
Las autoridades aclararon que la medida no exonera las multas, sino únicamente los intereses acumulados. Esta disposición busca brindar alivio financiero a los pequeños contribuyentes y facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones con el Estado.
En cuanto a las declaraciones del Impuesto sobre la Renta, estarán incluidas todas las presentadas hasta el 31 de julio de 2025. En el caso de las multas de tránsito, los beneficiarios serán aquellos que no posean compromisos de pago a plazos anteriores a la entrada en vigor de esta ley transitoria.
El Ministerio de Hacienda informó que los principales beneficiarios de la amnistía en sus versiones anteriores fueron los pequeños contribuyentes, quienes representaron el 63 % de las personas amparadas por los beneficios de la ley transitoria aprobada en 2024. Las autoridades esperan que esta nueva extensión mantenga un impacto positivo en ese sector.
La condonación aplicará para procesos pendientes en la Dirección General de Impuestos Internos, la Dirección General de Aduanas, el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, así como ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa o en casos en trámite con la Fiscalía General de la República.
También se incluirán las multas relacionadas con la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y aquellas impuestas por instituciones del Estado, exceptuando a las municipalidades.



