Modifican Ley Forestal para permitir cambios de uso de suelo en terrenos no aptos para cultivo
La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos, una reforma a la Ley Forestal que permitirá a la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT) autorizar cambios de uso de suelo en terrenos de las clases VI, VII y VIII, caracterizados por no ser aptos para el cultivo, informó el órgano legislativo.
La modificación, discutida durante la plenaria 131, incorpora un segundo inciso al artículo 12 de la normativa, que hasta ahora prohibía cambiar el uso de estos terrenos cuando contaban con cobertura arbórea.
De acuerdo con el sistema universal de Capacidad de Uso de las Tierras, estos suelos presentan limitaciones como alto riesgo de erosión, pendientes pronunciadas, poca profundidad o presencia de piedras.
La reforma establece que la DOT tramitará y resolverá las solicitudes de permisos de construcción vinculadas con modificaciones en el uso de estos terrenos. La institución es la entidad estatal competente para autorizar lotificaciones, urbanizaciones, obras y otros proyectos de construcción.
La Asamblea Legislativa señaló que las autorizaciones deberán ajustarse a los criterios técnicos y jurídicos establecidos en la ley, incluidos los relacionados con la protección de bosques salados, humedales reconocidos como sitios Ramsar y áreas naturales protegidas.
La Ley Forestal, cuya vigencia comenzó en junio de 2002 y cuya aplicación corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), regula el manejo, la protección y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, así como el desarrollo de la industria maderera en El Salvador.




