MAG podría certificar más productos alimenticios con reforma a ley sanitaria
La Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente dio luz verde a un dictamen que busca reformar la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos No Procesados de Origen Vegetal o Animal, con cambios orientados a ampliar las facultades del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
La propuesta incorpora nuevas atribuciones para que el MAG pueda certificar procesos de elaboración de productos como carnes, lácteos, miel de abeja, ovoproductos y productos acuícolas y pesqueros, además de supervisar medidas de control y vigilancia sanitaria.
Los cambios quedarían incorporados en el artículo 4 de la normativa, donde también se plantea añadir una disposición para incluir otras competencias que puedan ser otorgadas mediante leyes o reglamentos.
La iniciativa también modifica el artículo 79, que actualmente contiene una disposición temporal vinculada a productos cárnicos y pesqueros con vigencia hasta mayo de 2030. De aprobarse la reforma, esa medida pasaría a ser permanente y abarcaría más productos, entre ellos lácteos y sus mezclas, miel de abeja y ovoproductos.
Según la propuesta, el MAG también tendría la facultad de certificar establecimientos nacionales y extranjeros dedicados a la producción de estos alimentos, tomando como base normativa internacional y acuerdos comerciales.
En el caso de los lácteos, los productos deberán cumplir con el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.65:12 relacionado con el uso del término lechero.
Durante la discusión de la reforma, el viceministro de Agricultura y Ganadería, Óscar Domínguez, señaló que la medida permitiría agilizar trámites relacionados con importaciones y exportaciones, además de fortalecer los controles sanitarios.
El funcionario indicó que la reforma también está vinculada al fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, que realiza análisis de productos de origen animal bajo estándares internacionales.
Además, el dictamen incluye la derogación del artículo 80 de la ley, con el argumento de evitar duplicidad de funciones entre el MAG y la Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS) en la vigilancia de alimentos balanceados para animales.



