Defensoría del Consumidor previene cobros indebidos por Quincena Veinticinco
La Defensoría del Consumidor (DC) informó que activó los procedimientos legales de protección y defensa de los derechos de los consumidores ante eventuales cobros indebidos vinculados a la Ley Quincena Veinticinco, según un comunicado institucional. La medida responde a posibles intentos de recuperación de préstamos o saldos de tarjetas de crédito mediante retenciones en cuentas de ahorro o planilleras.
De acuerdo con la institución, la Ley Quincena Veinticinco establece que este ingreso debe pagarse de forma íntegra y no puede estar sujeto a descuentos. Además, la normativa dispone que dichos recursos no están afectos a la retención del Impuesto sobre la Renta y gozan del beneficio de la inembargabilidad, conforme a los artículos 1 y 4.
La Defensoría advirtió a los proveedores de productos y servicios financieros que no pueden efectuar cargos, descuentos ni retenciones aplicados como recuperación de obligaciones crediticias cuando estos afecten ingresos protegidos por la ley. Según la DC, estas acciones constituyen prácticas abusivas y el silencio del consumidor no puede interpretarse como aceptación del cobro.
La institución señaló que este tipo de conductas están tipificadas como infracciones muy graves a la Ley de Protección al Consumidor, en los artículos 18, literal c; 44, literal e; y 47, y pueden ser sancionadas con multas de hasta 500 salarios mínimos.
Asimismo, la Defensoría hizo un llamado a la población a denunciar cualquier retención o cobro indebido aplicado a ingresos depositados en cuentas bancarias, especialmente aquellos derivados de la Ley Quincena Veinticinco. Las denuncias pueden realizarse a través del teléfono 910, el WhatsApp 7844-1482, los Centros de Solución de Controversias, o la plataforma Defensoría en Línea.



